La renegociación de deudas es uno de los caminos que abre la Ley 20.720 para la persona deudora. A diferencia de la liquidación, no se entregan bienes: se busca un acuerdo de pago con los acreedores, sin ir a tribunales.
Qué es
Es un procedimiento ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) para que la persona deudora y sus acreedores acuerden una nueva forma de pagar las deudas. Es un trámite administrativo, no un juicio.
Cómo funciona, en general
- Se presentan los antecedentes de deudas e ingresos.
- La Superir cita a una audiencia con los acreedores.
- Se busca un acuerdo de renegociación (nuevos plazos, montos o condiciones).
- Si no hay acuerdo, existen etapas siguientes previstas por la ley.
En qué ayuda un abogado
El trámite ante la Superir es un servicio del Estado. El aporte del abogado está en preparar bien los antecedentes, construir una propuesta realista y negociar las condiciones, para que el acuerdo sea sostenible y no una pausa antes del próximo problema.
Renegociar o liquidar
No siempre la renegociación es la mejor vía; a veces conviene la liquidación. Depende del monto de la deuda, de los ingresos y de los bienes. Por eso la evaluación inicial parte por definir el camino.
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Este artículo es orientativo y no sustituye asesoría sobre un caso concreto. Si tiene deudas y evalúa renegociar, escriba a Picero Abogados.
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